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Turismo Gremial

15/03/2022 | 21:03

El área de turismo de la AJB brinda una amplia gama de posibilidades a sus afiliados, que no sólo incluye sedes propias como el Camping de Miramar o el Parador de la Montaña (Córdoba), sino también convenios con numerosos hoteles en distintos puntos del país.

Para realizar las reservas deberá acercarse a la oficina de Servicios Sociales y completar las planillas correspondientes. Una vez que las mismas sean elevadas al área de turismo, y en caso de que hubiese disponibilidad en el destino elegido, la reserva será confirmada y se emitirá el correspondiente voucher para el afiliado.

Viajes de Bodas

  1. Para recibir el beneficio del Viaje de Bodas, los afiliados deberán acreditar, como mínimo, 3 meses continuados de aportes de la cuota gremial, antes de la fecha solicitada para efectuar el viaje, salvo que no se hayan podido efectuar los mencionados aportes por haber ingresado recientemente al Poder Judicial.
  2. Las reservas deberán realizarse, como mínimo, con 1 mes de anticipación.
  3. Los servicios a utilizar serán los que designe e informe esta Asociación.
  4. Las tarifas de los viajes que se realicen por Empresas de Turismo, quedan sujetas a variación sin previo aviso, dado que por la anticipación con que se reciben las reservas, algunas de ellas se hacen con tarifas anteriores a las del mes de utilización de los servicios.

Viajes Aniversario

  1. Para recibir el beneficio de Viaje Aniversario, los afiliados deberán acreditar, mediante recibo de haberes, una antigüedad mínima de 25 años de servicio en el Poder Judicial y 10 años continuados de aportes a la cuota gremial a la fecha de utilización de los servicios.
  2. Las reservas deberán realizarse, como mínimo, con 1 mes de anticipación.
  3. Si la capacidad disponible así lo requiere, la Dirección podrá trasladar para otra fecha las solicitudes correspondientes.
  4. Los viajes no se otorgarán en los meses de Enero y Julio.
  5. Las fechas establecidas para las salidas son las siguientes:
    • Afiliados Activos: primer día hábil de cada mes
    • Afiliados Pasivos: siete días después de la salida de los activos.
  6. Los servicios a utilizar serán únicamente los que designe e informe esta Asociación.